IGLESIA, ¿QUÉ TE ESPERA EN TU FUTURO? (8). ¿Hasta dónde la obediencia civil y hasta dónde una sumisión impía?

Por Silvio Pereira.

¿Cuál es el alcance de la autoridad eclesial?

En la región de mi país en la que habito los cristianos hemos aceptado ya más de un semestre de suspensión de participación de los fieles en el culto. Aunque sospecho que esta aceptación ha sido mayoritaria pero no absoluta. ¿Acaso no es la Iglesia Maestra en ‘clandestinidad’? Los orígenes cristianos nos gritan que las celebraciones eucarísticas fueron al comienzo denostadas y obstaculizadas por el Imperio. La Iglesia ha debido celebrar en secreto y a escondidas la Pascua del Señor frente a cruentas persecuciones no solo en los primeros siglos sino a lo largo de toda su historia en diversas regiones del mundo. ¿Qué novedad habría pues si algunos cristianos hubiesen optado por esta posibilidad en estos tiempos de crisis y ‘prohibiciones sanitarias’? Si lo hubiesen hecho: ¿habrían obrado mal y por qué?

¿No se trata al menos de una inconsistencia permitirle a los cristianos la acción caritativa pero no el culto? ¿Por qué los templos pueden ser hospitales o comedores pero no templos? ¿Acaso hay más posibilidades de contagio en una celebración litúrgica que en la atención de los pobres y sufrientes? ¿O en todo caso se tratará de que una realidad es valorada socialmente y la otra despreciada? Y los cristianos: ¿consentimos esta visión del culto como algo no esencial a la fe e inocuo para la vida del mundo? ¿Puede además un católico admitir el corrimiento de la Eucaristía hacia los márgenes de la práctica de su fe sin tocar justamente su identidad católica? Si hay condiciones —en este caso un sacerdote que celebre de acuerdo a todas las normas litúrgicas—: ¿hasta dónde es lícito a un fiel negarse a participar de la Pascua sacramentada, por cuánto tiempo y bajo qué circunstancias? En tiempos normales hay preceptos y excepciones que regulan la cuestión.

Aquí pues, en estos tiempos extraordinarios, nos encontramos frente a otro dilema: ¿cuál es el alcance de la autoridad eclesial? Esta problemática es ineludible ya que dicha autoridad ha suspendido el precepto de la Misa dominical. ¿Existe concretamente una contextualidad donde se justifique que la Eucaristía deba ser suprimida o reducida solo al ministro que preside o a los ministros que concelebran por tiempo indefinido o por extensos períodos? Desde el punto de vista teológico-dogmático el mandato de celebrar la Eucaristía es un mandato divino y la Iglesia solo puede conservarlo y transmitirlo. Y por supuesto que este cumplimiento ininterrumpido del hagan esto en memoria mía se asegura con la celebración a solas del Presbítero pues siempre la Sagrada Liturgia es una celebración de toda la Iglesia.

¿Qué hemos negociado exactamente?

Creo también que se puede sugerir la no participación de los fieles en la celebración y que sería legítimo como colaboración con las estrategias de la autoridad civil en casos extremos de bien común. Correlativamente considero prudente —para hacer más ‘creíble y solvente’ el ejercicio de la autoridad eclesial sobre los fieles— si al mismo tiempo ejerce control y evaluación de la pertinencia y eficacia de las medidas gubernamentales en las que la Iglesia se ve solicitada a ceder provisoriamente su derecho a la libertad religiosa. Finalmente la autoridad eclesiástica debe ponderar el punto en el cual la suspensión del precepto dominical comience a ser contraproducente y deba ser reinstalado.

A esta altura del año, hace pocas semanas, la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos –por mandato de Pedro- ha urgido a las Conferencias Episcopales a recuperar la presencialidad del culto cristiano celebrándolo en los templos dedicados al mismo.

Empero la autoridad civil parece que podría habilitar solo espacios al aire libre para las celebraciones y estipular protocolos sanitarios que también incidan en aspectos celebrativos como uso de velas, libros y vasos sagrados, agua bendita y otros materiales como en la modalidad de los gestos litúrgicos. Uno podría simplemente contentarse con la posibilidad de retomar cierta ‘normalidad cultual’ pero: ¿será bueno seguir cediendo autoridad eclesial y permitirle al poder civil entrar también en la regulación del culto a estos niveles? ¿Si consentimos esto hoy qué se nos podrá exigir después? ¿Qué pretensión de alcance tiene la autoridad civil sobre la vida de la Iglesia? ¿Qué estamos negociando exactamente?

¿Hasta dónde la obediencia civil y hasta dónde una sumisión impía?

Pero he aquí mi duda más crucial: ¿puede la autoridad eclesial a un fiel impedirle y obligarle a no celebrar y comulgar la Eucaristía? Seré sucinto, no quiero entrar en un sinfín de pormenores del ámbito moral y canónico. En principio si el fiel tiene las disposiciones necesarias indicadas para los fueros interno y externo ejerce su derecho de acceder a la Comunión sacramental. Si faltan estas disposiciones lo habitual será a través del sacramento de la Reconciliación discernir la situación personal y dar lugar al perdón y la sanación de Dios, dependiendo de si los impedimentos son provisorios o permanentes y del arrepentimiento y real propósito de conversión del penitente. Vía la absolución la Iglesia lo reinstala en la Comunión sacramental.

Sólo si el creyente ha caído en una condición a la cual corresponde la pena de excomunión o entredicho se ve privado de la Gracia sacramental. Por tanto la respuesta parece ser que si no pesan sobre el fiel penas y sanciones canónicas la autoridad eclesial —además de velar por las disposiciones necesarias a la recepción de la Gracia— solo puede sugerir y convencer de suspender esta participación por motivos gravísimos de bien común. Pero no debe hacerlo nunca al extremo de poner en riesgo la salvación de las almas. Si el fiel no acata en conciencia el pedido de suspender su participación en el culto: ¿puede ser censurado o sancionado? ¿No sería como si la Iglesia quisiera impedir a los santos vivir santamente y a los mártires dar testimonio con su propia vida?

Cuando el creyente ve que se permite realizar por ejemplo una actividad física para salud del cuerpo: ¿no puede pedir por la salud de su alma la celebración del culto? Si puede ponerse en riesgo y arriesgar en teoría a otros saliendo a trabajar o a adquirir los bienes necesarios para la vida cotidiana: ¿no tiene derecho a percibir la Comunión sacramental como esencial y necesaria a su habitualidad cristiana de discípulo?

Una encrucijada

Desde el punto de vista de quien mediando ofrece la Gracia el sacerdote se encuentra en la encrucijada. ¿Debe un Presbítero rechazar la participación en la celebración de quien con madura ponderación, con recta intención y a conciencia se la solicita? ¿Puede no conceder la Gracia sacramental a quien no estando impedido y en virtud de su propia maduración espiritual la busca e implora en el contexto de un proyecto de santidad de vida?

Seguramente serán múltiples dilemas a dilucidar después de transcurrida la crisis y al tomar real dimensión de las consecuencias religiosas de las decisiones eclesiásticas y de sus interpretaciones. ¿Es posible tal vez que la obediencia civil haya sido exagerada conduciéndonos al borde de una sumisión impía, a una actitud lindante con lo irreligioso? ¿Obediencia civil o sumisión impía? He aquí la cuestión.

Buscando la claridad de los mártires y confesores de la fe

Los interrogantes se multiplican sin cesar. ¿Habría que haber negociado menos y afirmado más el derecho de dar culto a Dios?  Renunciando a la participación de los fieles en la Eucaristía ¿actuamos con Caridad hacia el mundo? ¿O por el contrario omitimos justamente esa Caridad que nos pedía visibilizar más contundentemente el testimonio eclesial de Aquella fuente escondida del Amor Divino que todo lo sostiene, riega y hace fecundo? ¿Le hemos dicho al mundo que nos salvamos juntos sin Dios o limitando su Presencia y Acción? ¿O le hemos anunciado que optando por Dios y aceptando su Salvación podríamos entrar todos en su Reino? ¿La sanación la hemos referido solo a medios humanos o también hemos profesado la sanación obrada por Dios, mediante los medios por los cuales la fe accede a la Gracia incluida la sacramental?

Consintiendo el encierro y separación de la Gracia sacramental de una gran mayoría de fieles paralizados por el miedo o por una infantil obediencia a los funcionarios o por una ideologizada visión o simplemente por una mirada a-crítica: ¿los hemos ayudado o habría que haberlos invitado a tomar criterio sobre todo en las Escrituras y la Tradición, incluso arengándolos (cual la madre de aquellos siete hijos en el libro de los Macabeos) a ofrecer la vida por Jesús y a comulgar concretamente con su Cruz?

Como sea para intentar dar una respuesta diferente a la que hemos dado nos habría hecho falta no poca disponibilidad de mártires. En tiempos de crisis, cuando la Iglesia se experimentó desorientada y confundida, los santos mártires y confesores de la fe le han abierto siempre el camino.

Madurez cristiana y comunión con Jesús hasta la Cruz

Por eso creo que a un extenso número de cristianos debemos extenderles cuanta Misericordia podamos entendiendo que su proceso de maduración no es suficiente para intentar seriamente un proyecto de Santidad. Pero también —por verdadera caridad pastoral— quienes somos responsables de la formación de los discípulos debemos ser claros y advertirles que aún no están listos para dar el buen combate de la fe, insistiéndoles para que busquen crecer en su seguimiento del Señor. Pero sobre todo no debemos impedir a los maduros dar la vida, comulgar con Jesús hasta la Cruz de Amor, vivir un espíritu sacrificial transformándose por la Gracia en ofrenda agradable al Padre.

Yo doy gracias a Dios porque he podido contemplar a estos ‘confesores de la fe’ en medio de la tormenta lanzándose a la Comunión con el Señor en los sacramentos, en la oración, en la escucha de la Palabra, en el compartir fraterno de los bienes y en la caridad servicial con los crucificados. Cristianos de fe íntegra y sin reservas ni postergaciones, bien dispuestos a abrazarse a la Cruz. Ruego a Dios por todos ellos, mis más preciados hermanos y hermanas. Pido a la Iglesia que respete y agradezca asombrada su valentía evangélica.

¿OBEDIENCIA CIVIL O SUMISIÓN IMPÍA? Por Silvio Pereira.

El Padre Silvio Dante Pereira Carro es también autor del blog Manantial de Contemplación. Escritos espirituales y florecillas de oración personal.

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