Francisco modifica cánones del Código de Derecho Canónico sobre prelaturas personales

El Papa modificó los cánones 295 y 296 del Código de Derecho Canónico sobre prelaturas personales, a través de una carta apostólica en forma de motu proprio que firmó el martes 8 de agosto. La reforma del Pontífice, que tiene como destinatario al Opus Dei —única realidad eclesial que tiene esa figura canónica— llegó un año después del motu proprio 'Ad charisma tuendum'.

Francisco modifica cánones del Código

Francisco modificó los cánones 295 y 296 del Código de Derecho Canónico sobre prelaturas personales, a través de una carta apostólica en forma de motu proprio que firmó el martes 8 de agosto. La reforma del Pontífice, que tiene como destinatario al Opus Dei —única realidad eclesial que tiene esa figura canónica— llegó un año después del motu proprio Ad charisma tuendum, que implicó una importante novedad jurídica y espiritual para el Opus Dei. Ad charisma tuendum y el nuevo motu proprio de este 8 de agosto pretenden desgajar canónicamente a los laicos.

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El cambio del año pasado implicó que la prelatura personal pasó a depender del Dicasterio para el Clero, en vez del Dicasterio para los Obispos, y excluyó la posibilidad de que el prelado del Opus Dei pueda ser obispo, por lo cual el actual prelado, Fernando Ocáriz, no será ordenado. En abril pasado, se desarrolló el segundo congreso extraordinario de su historia para adaptar sus estatutos a la nueva situación establecida. La nueva redacción del canon 295.1, relativo a los estatutos y al prelado, indicó que la Prelatura personal «se asimila a las asociaciones públicas clericales de derecho pontificio con facultad de incardinar clérigos», que sus estatutos pueden ser «aprobados o emanados de la Sede Apostólica» y que el Prelado actúa «como moderador, dotado de las facultades del ordinario».

El nuevo canon 295.2, sobre responsabilidades del Prelado en la formación y el sostenimiento de los clérigos incardinados de la Prelatura, especifica que él actúa también «como moderador, dotado de las facultades del ordinario». Además, el canon 296, relativo a la participación de los laicos en las actividades apostólicas de la Prelatura personal, incorpora una referencia específica para dejar a salvo lo dispuesto en el canon 107, al acrecentar la dependencia de los laicos respecto al ordinario del lugar. El Opus Dei, tras conocerse las modificaciones, aseguró que estudiará «en un clima de comunión con el Santo Padre, qué consecuencias puedan tener estas modificaciones para la configuración jurídica del Opus Dei, también en el marco de los trabajos que se están realizando con el Dicasterio del Clero sobre la adaptación de los Estatutos requerida en el Motu proprio Ad charisma tuendum».

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