La dictadura nicaragüense condena al obispo de Matagalpa y administrador apostólico de la diócesis de Estelí, Rolando Álvarez, a 26 años de cárcel y 4 meses de cárcel, tras ser acusado de «traidor a la patria». La sentencia contra el obispo Álvarez, quien fue declarado apátrida y le fueron revocados sus derechos ciudadanos, se dio el viernes 10 de febrero, un día después de que el gobierno sandinista deportó a 222 presos políticos a Estados Unidos, entre ellos 4 sacerdotes, y el prelado se negó a subir al avión de los deportados, tal como explicó el propio Daniel Ortega. Según la sentencia, Álvarez deberá estar encarcelado hasta el 13 de abril de 2049.
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El juez Héctor Ernesto Ochoa Andino, presidente de la Sala Penal 1 del Tribunal de Apelaciones de Managua, leyó la sentencia con la que la dictadura nicaragüense condena al obispo. «Téngase al acusado Rolando José Álvarez Lagos como traidor a la patria. Declárese culpable a Rolando José Álvarez Lagos por ser autor de los delitos de menoscabo a la integridad nacional, propagación de noticias falsas a través de las tecnologías de la información, obstrucción de funciones, agravada desobediencia o desacato a la autoridad, todo ello cometido en concurso real y en perjuicio de la sociedad y el Estado de la República de Nicaragua», indicó la sentencia.
«Condénese al acusado Rolando José Álvarez Lagos a la pena 15 años de prisión e inhabilitación de forma perpetua para ejercer la función pública en nombre o al servicio del Estado de Nicaragua. Se declara la pérdida de los derechos ciudadanos del condenado, misma que tendrá carácter perpetuo, todo esto por ser autor del delito de menoscabo a la integridad nacional», sostuvo el fallo, que establece además «la pérdida de la nacionalidad nicaragüense al sancionado José Álvarez Lagos, en estricto apego a la ley 1.145». La Ley 1145, que permite la pérdida de la nacionalidad de los sentenciados por «traición a la patria», fue aprobada por la Asamblea Nacional de Nicaragua el 9 de febrero pasado.
La sentencia explicó que se condena «al acusado Rolando José Álvarez Lagos a 5 años de prisión y 800 días multas por ser autor de la propagación de noticias falsas a través de las tecnologías de la información y la comunicación». «La pena en días multa equivale a la cantidad de 56 mil 461 córdobas con 15 centavos —unos 1.550 dólares—», enfatizó, al sostener que la sentencia condena al «acusado Rolando José Álvarez Lagos a la pena de 5 años y 4 meses de prisión por ser autor obstrucción de funciones agravada en perjuicio del Estado y la República de Nicaragua» y además «a 1 año de prisión por ser autor del delito de desacato a la autoridad». «Las penas de prisión serán cumplidas en forma sucesiva, por lo que el condenado Rolando José Álvarez Lagos, deberá cumplir 26 años de prisión y 4 meses de efectiva prisión», afirmó el texto.
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