El cardenal y prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, Víctor Manuel ‘Tucho’ Fernández, escribió sobre las cenizas de los difuntos que fueron incinerados tras su fallecimiento, al responder 2 preguntas formuladas por el cardenal y arzobispo de Bolonia, Matteo Zuppi, referidas a la prohibición canónica de dispersar las cenizas de un difunto y a la posibilidad de permitir a una familia conservar una parte de las cenizas de un familiar en un lugar significativo para la historia del difunto. El purpurado argentino recordó el punto 5 de la Instrucción Ad resurgendum cum Christo, del 2016, sobre la sepultura de los difuntos y la conservación de las cenizas en caso de cremación
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Fernández indicó que en lo referente a la conservación de las cenizas en urnas apropiadas, establece que las cenizas deben ser conservadas en un lugar sagrado —un cementerio—o en un área especialmente dedicada para este fin, siempre y cuando haya sido designada para tal propósito por la autoridad eclesiástica. «Nuestra fe nos dice que resucitaremos con la misma identidad corporal que es material, al igual que cualquier criatura en esta tierra, aunque esa materia será transfigurada, liberada de los límites de este mundo. En este sentido, la resurrección será ‘en esta carne en la que ahora vivimos’. Así se evita un dañino dualismo entre lo material e inmaterial», aseguró.
«Pero esta transformación no implica la recuperación de las mismas partículas de materia que formaban el cuerpo del ser humano. Por lo tanto, el cuerpo del resucitado no necesariamente estará compuesto por los mismos elementos que tenía antes de morir. Al no ser una mera revivificación del cadáver, la resurrección puede ocurrir incluso si el cuerpo ha sido totalmente destruido o dispersado. Esto nos ayuda a entender por qué en muchos lugares donde se guardan cenizas de los difuntos, estas se conservan todas juntas, sin mantenerlas separadas», consideró, al enfatizar que «las cenizas de los difuntos provienen de restos materiales que fueron parte del camino histórico vivido por la persona, al punto que la Iglesia tiene especial cuidado y devoción por las reliquias de los Santos; esta atención y memoria nos llevan también a un actitud de sagrado respeto hacia las cenizas de los difuntos».
Tucho sostuvo que, en primer lugar, que «por las razones mencionadas anteriormente, es posible establecer un lugar sagrado, definido y permanente, para la acumulación mixta y la conservación de las cenizas de los difuntos bautizados, indicando los datos personales de cada uno para no dispersar la memoria nominal». Precisó, en segundo lugar, que «siempre y cuando se excluya cualquier tipo de panteísmo, naturalismo o nihilismo y las cenizas del difunto se conserven en un lugar sagrado, la autoridad eclesiástica, respetando las normas civiles vigentes, puede considerar y evaluar la solicitud de una familia para conservar debidamente una mínima parte de las cenizas de un familiar en un lugar significativo para la historia del difunto».
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