Médicos de Argentina rechazan protocolo de aborto que se aplicará en la Ciudad de Buenos Aires

El director de la carrera de Medicina de la pontificia Universidad Católica Argentina, Lenin de Janon Quevedo, afirmó que "este tipo de protocolos obligan al médico a ofrecer el aborto como la solución para un problema de salud pública como es la mortalidad materna", después que el jefe de gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, decidió no vetar la iniciativa de adhesión al protocolo nacional aprobada en julio pasado por la Legislatura porteña.

Argentina protocolo de aborto
Foto: Imagen de Twitter @f_secin.

Médicos de Argentina rechazaron el protocolo de aborto que se aplicará en la Ciudad de Buenos Aires, después que el jefe de gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, decidió no vetar la iniciativa de adhesión al protocolo nacional aprobada en julio pasado por la Legislatura porteña, el lunes 3 de agosto. Pese a que el aborto no es ley en Argentina, a partir del fallo del caso FAL de 2012, que permitió el aborto a una menor de edad embarazada por una violación, se sentaron las bases para que el Ministerio de Salud publique el protocolo del aborto (ILE) para un embarazo producto de una violación o que signifique un riesgo para su salud integral y lo recomiende a las provincias. En diciembre de 2019, el ministro de Salud del gobierno de Alberto Fernández, Ginés González García, modificó dicho protocolo e indicó que este comienza a contemplar la solicitud del aborto a partir de los 13 años y sin necesidad de consentimiento de los padres; sin límite de edad gestacional; y con una fuerte amenaza a la objeción de conciencia institucional.

El director de la carrera de Medicina de la pontificia Universidad Católica Argentina (UCA), Lenin de Janon Quevedo, afirmó que este tipo de protocolo de aborto obliga «al médico a ofrecer el aborto como la solución para un problema de salud pública como es la mortalidad materna». «Una muerte no puede ser la manera de evitar otra muerte; más aún, cuando no existe evidencia que determine una relación causal directa entre el acceso al aborto y el descenso de la mortalidad. Por el contrario, las muertes maternas se reducen cuando se mejora el acceso a cuidados de calidad durante el embarazo, parto y puerperio; se invierte en la educación de la mujer e infraestructura sanitaria; se combate la violencia doméstica y se incrementa la posibilidad de planificar el número hijos», ratificó. De Janon Quevedo aseguró que el protocolo «dista de ser una guía clínica en la medida en que busca su cumplimiento a través de la imposición y no por la adherencia de los profesionales atraídos por la robustez científica y objetividad de las fuentes que la sustentan». Denunció además que el protocolo contiene múltiples falencias. «Más del 20% de las fuentes bibliográficas no corresponde a literatura médica, más de la mitad de las citas son terciarias, 7 de cada 10 consultas se hicieron a propósito del debate parlamentario de 2018 y el 42% de la información proviene de organizaciones con evidente conflicto de intereses».

Por otro lado, la médica psiquiatra fundadora y presidenta de Médicos por la Vida Argentina, María José Mancino, aseveró que dicho protocolo de aborto «le esté dando carácter de ley» cuando «es un decreto». Lamentó que el mismo tenga la posibilidad de ser reformado en adelante según ciertos «estándares clínicos». «Esto es de suma gravedad, el concepto de ‘salud’ así dado queda tergiversado y distorsionado. La causal ya fue distorsionada en los anteriores protocolos. Bajo el protocolo previo, la causal ‘salud’ ya ha sido aplicada con una amplitud asombrosa, dando como consecuencia que esta causal sea invocada para abortar en el 88% de los casos, es decir, que se invoca prácticamente por cualquier motivo de salud. En el protocolo de aborto no se reconoce expresamente límite temporal alguno para la práctica abortiva, prescribiendo procedimientos para abortos incluso en embarazos de más de 28 semanas«, sostuvo Mancino, al indicar que «en cuanto al personal de salud, el protocolo obliga a ofrecer el aborto, incluso a los médicos objetores, vulnerando el derecho a la última palabra sobre el control de constitucionalidad de las normas vinculadas».

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