El Tribunal Supremo de Escocia declara ilegal la prohibición gubernamental del culto por la pandemia de COVID-19, el miércoles 24 de marzo, tras el trato de las autoridades del país a las iglesias. El sacerdote y canónigo católico Tom White había impugnado las medidas de prohibición del culto junto con otros 27 líderes religiosos, en una acción legal que llegó al Tribunal a principios de marzo.
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La sentencia se produce tras una concesión del gobierno de Escocia, que tuvo que rectificar al ver llegar la misma, que permite la reapertura de los templos con un límite de 50 fieles a partir del viernes 26 de marzo, luego de 2 meses de cierre, y podría impedir que las autoridades intenten nuevamente prohibir el culto público. «Central a la fe cristiana que practican los solicitantes es la importancia de congregarse físicamente para el culto comunitario; para la comunión, el bautismo y el ministerio congregacional, mediante dones espirituales. En lo que respecta al catolicismo romano, la celebración eucarística en una Misa pública de domingo es de importancia particular», declara la sentencia del Tribunal Supremo de Escocia.
Canon Tom celebrates the reopening of his church by nailing the court judgment to the doors! #LetUsWorship https://t.co/fGj7TNvfL8
— ADF International (@ADFIntl) March 25, 2021
«La asistencia a Misa se ve como un elemento esencial, no opcional, de la fe católica. El sacramento de la Confesión sólo puede administrarse en presencia de un sacerdote y el bautismo, la forma en que los niños entran en la Iglesia católica, también requiere presencia física», enfatizó. Asimismo, precisó que «la ley canónica establece las condiciones para el culto comunitario, que incluye, entre otras cosas, la reunión física de los cristianos para rezar, proclamar el Evangelio cristiano y celebrar la Santa Comunión al juntarse los cristianos». Sostuvo que «los edificios eclesiales tienen una significación especial en el catolicismo —por lo que rezar en casa no es equivalente a rezar en una iglesia—; un edificio consagrado se considera un espacio sagrado». La sentencia detalló que «la gracia sacramental no puede recibirse a través de un servicio grabado en vídeo o transmitido en directo».
«Me alegra oír que el Tribunal comprendió la necesidad esencial de proteger no sólo la salud física y material de nuestra sociedad», explicó el canónigo White a ‘Alliance Defending Freedom UK’, que apoyó la querella, «sino también sus necesidades espirituales y, por tanto, anuló la desproporcionada, innecesaria e ilegal prohibición general del culto público». La normativa, que aprobó el gobierno y el Parlamento escocés en enero pasado, prohibía el culto dentro de templos, con castigos de hasta 10.000 libras de multa y 2 años de cárcel.
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