Nueva multa y prohibición del rezo público del Rosario de Ferraz

El gobierno de España mediante su delegación de Madrid, a cargo de Francisco Martín Aguirre, volvió a multar al organizador del Rosario de Ferraz, José Andrés Calderón, y prohibir el rezo público del Rosario de Ferraz, el lunes 1 y martes 2 de julio, por la conversión de España y del mundo entero. Calderón replicó a Aguirre que «la falta de urgencia no es excusa suficiente para coartar el derecho de reunión y la libertad religiosa».

Nueva multa y prohibición del rezo
Foto: El Correo.

El gobierno de España mediante su delegación de Madrid volvió a multar al organizador del Rosario de Ferraz, José Andrés Calderón, con 600 euros, y prohibió el rezo público del Rosario de Ferraz, el lunes 1 y martes 2 de julio, por la conversión de España y del mundo, en las escalinatas del Santuario del Inmaculado Corazón de María desde noviembre de 2023. Calderón hizo público uno de los argumentos del delegado, Francisco Martín Aguirre, quien sostuvo que no se justifican los motivos de urgencia.

📣  Síganos en Telegram

🖐🏽 Colabore con Verdad en Libertad

📫 Suscríbase al boletín de VenL

«En el presente caso se alega como razón de la urgencia que ‘el motivo inmediato que propicia esta manifestación ―y las anteriores habidas― es el proceso de desintegración de la Fe católica en una España que cada vez cree menos en Dios’», indicó Aguirre. «Se estima, sin embargo, que este hecho no constituye una causa extraordinaria y grave que justifique dicha urgencia, y que posibilitaría, en su caso, la exceptuación del plazo ordinario de comunicación establecido legalmente», consideró Aguirre.

Calderón replicó a Aguirre que «la falta de urgencia no es excusa suficiente para coartar el derecho de reunión y la libertad religiosa». «Lo dice el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la a Corte de Estrasburgo en las STEDH Bukta y otros c. Hungría se establece que no se puede prohibir una manifestación por ‘el único motivo de la ausencia de preaviso sin que medie conducta ilegal’. En mi caso ese preaviso existía. En la STEDH de Bumbes c. Romanía los magistrados europeos recordaron que las autoridades no tienen ‘carta blanca’ para prohibir concentraciones a su puro arbitrio», indicó.

«Se debe garantizar la proporcionalidad y la Administración debe acreditar que existe un problema de orden público que justifique su prohibición. ¿Qué problema de ‘orden público’ puede causar el rezo de un Santo Rosario en las puertas de una iglesia? Es puramente subjetivo y arbitrario que no sea urgente rezar algo urgente. ¿Quién es el Delegado de Gobierno para juzgarlo en un Estado acofesional?», cuestionó Calderón, al aseverar que el delegado de Gobierno busca una venganza por la reciente sentencia favorable al rezo del Rosario.

Puede interesarle: Justicia española a favor del rezo público del Rosario.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí