Denuncian ante el Tribunal Supremo limitación de aforo de Misas en Castilla y León

El límite impuesto por la Junta de Castilla y León «es una prohibición de facto de ir a misa», critican desde Abogados Cristianos. «Las Comunidades Autónomas no tienen competencias para restringir derechos fundamentales» recuerdan desde la organización de juristas.

Denuncian ante el Tribunal Supremo limitación de aforo

DENUNCIAN ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO LIMITACIÓN DE AFORO DE MISAS.

La Asociación de Abogados Cristianos solicitó el pasado lunes 18 de enero medidas cautelarísimas para suspender la orden de la Junta de Castilla y León que determina que no se podrá alcanzar nunca un tercio del aforo total de los templos o espacios de culto que en ningún caso podrá superar el máximo de 25 personas en las celebraciones religiosas.

La asociación considera que se trata de una medida «muy severa y extraordinariamente desproporcionada que no responde a ningún criterio médico o epidemiológico y que jurídicamente no cumple con el criterio de proporcionalidad y resulta muy amplia y ambigua».

Los juristas denuncian ante el Tribunal Supremo la limitación de aforo de las Misas al considera que «la medida impulsada por el presidente autonómico, Alfonso Fernández Mañueco, y el vicepresidente, Francisco Igea, es una prohibición de facto de ir a Misa y recuerda que las Comunidades Autónomas no tienen competencias para restringir derechos fundamentales». No descartan acudir incluso al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo por lo que considera un ataque a la libertad religiosa.

La presidente de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, denuncia que «ayer en la Catedral de Valladolid se prohibió entrar en Misa a muchas personas por superar el límite de aforo de 25, mientras en un teatro de la ciudad mucho más pequeño se permitía acudir a más de 100».

Destaca además un Auto reciente del Juzgado de lo Contencioso de Albacete que señala que «el ejercicio de la libertad religiosa, con las limitaciones y condiciones ya impuestas por las normas estatales, no supone peligro cierto de contagio». Y destaca que «el estado de la ciencia actual de público y notorio conocimiento permite afirmar que los actos religiosos no están entre los elementos propagadores del virus, a diferencia de las celebraciones familiares, actividades lúdicas y recreativas y el ocio nocturno…».

Por su parte, los párrocos de la ciudad de Segovia han lamentado la decisión de la Junta de Castilla y León de establecer en un máximo de 25 personas el aforo para los actos de culto: «Nos parece un criterio poco fundamentado y un tanto arbitrario».

Este comunicado se suma al de los obispos y arzobispos de las 11 diócesis del territorio castellano-leonés, que el pasado sábado 16 de enero se pronunciaron respecto a esta medida: «No nos parece razonado ni aceptable que el criterio de ese mayor esfuerzo sea una limitación de aforo expresada en términos absolutos cuando la superficie y volumen de los miles de templos, ermitas y capillas que hay en Castilla y León es muy diversa. Creemos que el criterio proporcional que  se ha  seguido en toda España durante las diversas fases de la pandemia puede considerarse más ecuánime».

La diócesis de Segovia ha resaltado el compromiso de las parroquias a la hora de extremar las medidas higiénicas y sanitarias según los criterios establecidos por el Ministerio de Sanidad y la propia Junta, haciendo especial énfasis en que además, hasta la fecha, no se ha reportado ningún brote epidémico ni en las iglesias, ni en los actos litúrgicos. En cualquier caso, como medida de precaución, se ha optado por suspender durante dos semanas tanto las catequesis presenciales como los grupos de clases de español para inmigrantes y de apoyo escolar para niños.

Por último, los párrocos segovianos han elevado su ruego a Dios para que pase cuanto antes esta pandemia, ofreciendo sus servicios  «a esta sociedad herida por el dolor de la muerte de muchos de nuestros vecinos y por la soledad y desamparo emocional que está provocando. Para muchos de ellos, la Eucaristía que ahora queda limitada es fuente de consuelo y de esperanza».

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