Abogados cristianos indicaron que llevarían la limitación de aforo en celebraciones religiosas en las iglesias al Tribunal Constitucional y «si es necesario, ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo», tras considerar que la limitación de aforo a 25 personas en celebraciones religiosas de Valladolid y Salamanca es inconstitucional. La restricción fue establecida por la Junta de Castilla y León como parte de las medidas contra la pandemia de coronavirus.
La Asociación Española de Abogados Cristianos (AEAC) reiteró las críticas a la medida puesta en marcha por la Junta de Castilla y León sobre el aforo en las iglesias a la que calificó de «inconstitucional» y aseveró que «es contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos, concretamente en sus artículos 8 y 9». La presidente de AEAC, Polonia Castellanos, denunció que «la propia Junta de Castilla y León que limita a 25 personas las celebraciones religiosas, autorizó la celebración de un Congreso de UGT en Valladolid al que acudieron 150 personas».
«La medida perdió toda explicación después de una tercera prórroga, ya que, en teoría, era una medida altamente restrictiva que se justificaba en que sólo iba a durar una semana y ya van 21 días», afirmó Castellanos, al indicar que «se trata de una prohibición de facto de ir a Misa, ya que con un límite de 25 personas hay muchos fieles que ven restringido su derecho a la libertad religiosa». «Una comunidad autónoma no tiene competencias para restringir derechos fundamentales. La libertad religiosa es un derecho fundamental amparado en el artículo 16 de la Constitución y en todos los convenios de derechos humanos», reiteró.
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