Francisco concede a los obispos competencias reservadas a la Santa Sede, en la carta apostólica en forma Motu proprio Assegnare alcune competenze, que fue difundida por el Vaticano el martes 15 de febrero, con la que se modifican algunas normas del Código de Derecho Canónico y del Código de los Cánones de las Iglesias Orientales. Estableció que los ordinarios de las Iglesias locales podrán intervenir en la gestión de los seminarios, la formación sacerdotal, la redacción de los catecismos y otros sectores sin pedir la «aprobación» de la Santa Sede, sino una «confirmación» más sencilla.
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El Pontífice consideró que los cambios realizados permitirán una sana «descentralización» y que no se pondrá en peligro «la dimensión jerárquica». Una de las primeras novedades se refiere a la transferencia de la Santa Sede al obispo diocesano de la facultad de crear un seminario en su territorio sin tener que esperar la aprobación de Roma, sino su confirmación. «La asignación de ciertas competencias, en lo que se refiere a la codificación de disposiciones destinadas a garantizar la unidad de la disciplina de la Iglesia universal, al poder ejecutivo de las Iglesias locales y de las instituciones eclesiales, corresponde a la dinámica eclesial de comunión y potencia la proximidad». aseguró. El Papa Francisco, que concede a obispos competencias reservadas a Santa Sede, afirmó que se tomó en cuenta «la cultura eclesial y la mentalidad jurídica propia de cada Código».
El Pontífice consideró «oportuno introducir cambios en la legislación hasta ahora vigente en algunas materias concretas, atribuyendo las respectivas competencias». «De este modo, se pretende sobre todo fomentar el sentido de colegialidad y responsabilidad pastoral por parte de los obispos, ya sean diocesanos/episcopales o unidos en Conferencias Episcopales o según estructuras jerárquicas orientales, así como de los Superiores Mayores, y también apoyar los principios de racionalidad, eficacia y eficiencia», explicó el Papa, al sostener que «los cambios normativos reflejan aún más la universalidad compartida y plural de la Iglesia, que abarca las diferencias sin homologarlas, con la garantía, en cuanto a la unidad, del ministerio del Obispo de Roma». Enfatizó que «al mismo tiempo, favorece una eficacia más rápida de la acción pastoral por parte de la autoridad local, facilitada también por su propia proximidad a las personas y situaciones que la requieren».
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