LUXEMBURGO: LIBERTAD RELIGIOSA.

Por Jennifer Almendras.

Marco legal sobre libertad religiosa y su aplicación efectiva

El ‘Informe de Libertad Religiosa en el Mundo 2023’ (ILR) indicó que «la Constitución del Gran Ducado de Luxemburgo garantiza la libertad de religión, siempre que no se cometan delitos en su ejercicio y expresión (artículo 19)». «El artículo 20 de la constitución prohíbe obligar a las personas a participar en cualquier práctica religiosa, mientras que el Código Penal prohíbe obligar o impedir que alguien practique una religión, asista a servicios religiosos o celebre fiestas religiosas (artículo 142). La libertad de reunión está protegida, pero las reuniones religiosas o de otro tipo al aire libre están sujetas a leyes y reglamentos policiales (artículo 25)», destacó.

«Si bien no existe una religión estatal oficial, una convención de 2015 aprobó formalmente concordancias entre las comunidades religiosas y el estado. Se otorgó reconocimiento oficial a seis comunidades religiosas: la Iglesia católica, la comunidad judía, la Iglesia protestante, la comunidad musulmana, la Iglesia anglicana y la Iglesia ortodoxa. La convención comprometía al gobierno a proporcionar a los grupos religiosos un apoyo financiero anual con montos que dependían del número de miembros», precisó el informe.

Incidentes y evolución

Indicó que «Luxemburgo ha legalizado la eutanasia y, en los últimos años, ha aumentado la preocupación por la libertad de objeción de conciencia de los profesionales de la salud». «Actualmente a los médicos se les permite la libertad de conciencia, según la versión actual de la ley, pero la comisión que supervisa la aplicación de la ley de eutanasia ha solicitado que en estos casos los médicos estén obligados a proporcionar a los pacientes contactos de organizaciones o médicos. que estarían dispuestos a realizar el procedimiento. Este ya es el caso del aborto», indicó. «En 2017, una respuesta del gobierno a una pregunta de 2 diputados afirmó que la libertad de conciencia es un derecho personal, no institucional, y por lo tanto ninguna institución tiene derecho a invocarlo o prohibir la práctica en sus instalaciones. Esto también se aplicaría a las instituciones religiosas, violando así su derecho a prestar servicios de acuerdo con sus valores y creencias. Los hogares de ancianos que no deseen permitir la práctica de la eutanasia en sus terrenos deben informar a sus residentes antes de firmar los contratos», afirmó.

Futuro de la libertad religiosa

«No hubo restricciones gubernamentales significativas nuevas o aumentadas sobre la libertad religiosa durante el período bajo revisión. La disminución de los incidentes islamófobos es notable y el aumento de los incidentes antisemitas es preocupante, pero en general, la situación del derecho a la libertad religiosa se mantiene sin cambios», aseguró el ILR.

LUXEMBURGO: LIBERTAD RELIGIOSA.

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