Vaticano da precisiones sobre traslado de días festivos de precepto cuando coinciden con otras festividades

El Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos precisó que cuando una solemnidad de precepto se traslada debido a la coincidencia con otra celebración de mayor rango, el deber de asistir a Misa no se transfiere al nuevo día, a través de un documento firmado por su prefecto y cardenal Arthur Roche, y el arzobispo Vittorio Francesco Viola, secretario.

Vaticano da precisiones sobre traslado
Foto: YouTube REDEVIDA.

El Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos dio precisiones sobre el traslado de los días festivos de precepto cuando coinciden con otras festividades, a través de un documento firmado por su prefecto y cardenal Arthur Roche, y el arzobispo Vittorio Francesco Viola, secretario. La cuestión surge debido al fenómeno conocido como occurrentia festorum, que se da cuando 2 festividades coinciden en la misma fecha dentro del calendario litúrgico.

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El texto precisó que cuando una solemnidad de precepto se traslada debido a la coincidencia con otra celebración de mayor rango, el deber de asistir a Misa no se transfiere al nuevo día. Las normas establecidas afirmaron que en estos casos se celebra la festividad que tenga mayor precedencia en la Tabula dierum liturgicorum, mientras que la otra puede ser trasladada a otra fecha disponible. Por ejemplo, si el 8 de diciembre, día en que la Iglesia celebra la Inmaculada Concepción, coincidiese con un domingo de Adviento, según las normas litúrgicas, el domingo de Adviento tiene prioridad, por lo que la celebración de la Inmaculada Concepción se trasladaría al lunes 9 de diciembre.

La Inmaculada Concepción es un día de precepto, lo que significaría la obligación de asistir a misa. La nueva nota del Vaticano aseguró que al trasladarse la celebración al 9 de diciembre, la obligación de precepto no se transfiere. Los fieles pueden celebrar la solemnidad si lo desean, pero no están obligados a asistir a misa ese día. La nota del Vaticano aclaró que, aunque una Conferencia Episcopal puede, con aprobación de la Santa Sede, trasladar o suprimir permanentemente algunas fiestas de precepto, este principio no se aplica en traslados ocasionales. «En caso de traslación de un día festivo de precepto, no se transfiere la obligación del precepto festivo», indicó el documento.

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