PROPUESTA PARA MODIFICAR LÍMITES DE INVESTIGACIÓN SOBRE EMBRIONES HUMANOS EN GRAN BRETAÑA.

Por Nicolás Lafferriere.

El Director Ejecutivo de la Autoridad Británica de Fertilización y Embriología Humana (Human Fertilization and Embriology Authority HFEA), Peter Thompson, informó que en su reunión de noviembre de 2024 la Agencia aprobó una recomendación para impulsar que se modifique la ley británica sobre técnicas de reproducción humana asistida del año 1990 para ampliar el límite de tiempo en que está habilitado legalmente investigar con embriones.

La ley de 1990 dispone que la investigación con embriones no puede realizarse más allá del día 14 desde la fecundación. Ese límite surgió a partir del Informe Warnock de 1984, que creó el término «pre-embrión» y tuvo en cuenta que en el día 14 se formaba la denominada «línea primitiva» y que a partir de ese momento la vida humana merecía cierta protección. Las recomendaciones del Informe Warnock, incluido el límite de tiempo para el cultivo de embriones humanos, se incorporaron posteriormente a la legislación a través de la Ley de Fertilización y Embriología Humana de 1990 (la Ley HFE), que establece en su subsección 3: «(3) Una licencia no puede autorizar – (a) la conservación o el uso de un embrión después de la aparición de la línea primitiva». Además, estipula: «Para los propósitos de la subsección (3)(a) anterior, se considerará que la línea primitiva ha aparecido en un embrión a más tardar al final del período de 14 días, comenzando desde ―el día en que comenzó el proceso de creación del embrión―, sin contar el tiempo durante el cual el embrión esté almacenado».

Ahora, 25 años después, se pretende correr la línea para que los investigadores puedan desarrollar y mantener embriones más allá de los 14 días en forma extracorpórea. Según Thompson «esto podría proporcionar información valiosa, en un entorno estrictamente regulado, para permitir investigaciones con fines específicos que ya están establecidos en la ley». Para la HFEA, las recomendaciones «ayudarían a mantener la posición del Reino Unido como un país donde la innovación científica y clínica puede prosperar. En todo nuestro trabajo, el estatus especial del embrión humano seguirá siendo un principio orientador, ya que su potencial lo hace diferente de cualquier otro tejido humano». El tema deberá ser considerado por el Parlamento Británico.

El documento de base para esta recomendación se titula «Reforma legal: Desarrollos científicos – La regla de los 14 días sobre investigación con embriones» ―«Law Reform: Scientific developments – 14-day rule on embryo research»― y fue escrito por Rebecca Taylor para la reunión del 20 de noviembre de 2024 (HFEA -20/11/2024- 007). Previamente, el Comité Asesor en Avances Científicos y Clínicos ―The Scientific and Clinical Advances Advisory Committee – SCAAC― había analizado el tema en su reunión de octubre de 2024.

Los beneficios que se invocan son los siguientes:

  • «Avanzar en el conocimiento de la embriogénesis, en particular la fase de gastrulación, cuando se establecen la placa neural, los tubos neurales, los órganos principales y los ejes corporales.
  • Ayudar a identificar los orígenes del desarrollo que contribuyen a complicaciones graves y comunes del embarazo, como la preeclampsia, las restricciones de crecimiento y los mortinatos.
  • Examinar cómo las señales complejas del entorno intrauterino afectan el desarrollo del embrión y las pérdidas tempranas del embarazo.
  • Comprender los orígenes de defectos como la mala formación del tubo neural, defectos cardíacos, anomalías esqueléticas y ciertos tipos de cáncer.
  • Proporcionar una base científica para prevenir defectos de nacimiento y teratogénesis.
  • Mejorar la comprensión de la programación epigenética que ocurre durante esta etapa del desarrollo y que podría impactar la progresión de enfermedades en la vida posterior». (Rebecca Taylor, Law Reform: Scientific developments – 14-day rule on embryo research, HFEA -20/11/2024- 007, p. 73).

En la publicación de la HFEA no se indica cuál sería el nuevo plazo en que ya no podrían hacerse experimentos, aunque se menciona el día 28 como el que fue mencionado más asiduamente y el que está en consideración en otros países.

Algunas consideraciones bioéticas

Este tema se viene discutiendo a nivel internacional desde 2016. Como dijimos en esa oportunidad, mas allá de las loables finalidades perseguidas, la propuesta resulta contraria a principios fundamentales del derecho y la bioética, especialmente al principio de respeto de la dignidad humana y la inviolabilidad de la vida humana.

Ciertamente, la investigación científica sobre la vida humana es necesaria y beneficiosa para la misma humanidad. Sin embargo, ello no puede hacerse a costa de la creación deliberada de embriones para su posterior destrucción. Esos embriones que se cultivan hasta el día 14 para investigación y que, de aprobarse una futura reforma, se desarrollarían hasta el día 28, son concebidos y luego de la investigación destruidos. Eso implica una violación de su derecho a la vida.

Además, resulta inadmisible que, para facilitar tal investigación, se manipule la ley que protege la vida humana. De seguirse esta recomendación, el legislador no protegería la vida humana en atención a la vida en sí misma, sino en función de lo que le indican los intereses biotecnológicos. Esta industria de alguna manera se obsesiona con manipular al embrión humano en razón de su gran potencial de vida. Ello lleva a ignorar su dignidad inherente y tratarlo como mero material biológico.

En verdad, la ley que sostiene que la investigación sobre embriones no puede hacerse más allá del día 14 debería ser modificada, pero para establecer que no se puede permitir el descarte de ningún embrión, desde el momento mismo de la fecundación.

Estas propuestas dejan en evidencia que poner un «límite» ―ya sea la implantación, el día 14, el día 28 o las 14 semanas― en que comienza la protección de la vida es arbitrario. Como queda en evidencia con el planteo que aquí analizamos, estas posturas que sostienen límites distintos a la fecundación para el inicio de la vida, han demostrado tener muy endebles bases científicas en lo que hace a la consideración del embrión en sí mismo. Se trata, simplemente, de correr cualquier límite ontológico, bioético y legal que impida al poder biotecnológico manipular la realidad de la vida. En verdad, desde la fecundación se forma un nuevo organismo humano vivo, individuo de la especie humano, que exige ser reconocido como ser humano y, por tanto, como persona humana.

Como dijimos en 2016, «es inadmisible que el comienzo de la protección de una vida humana pueda ser acomodado a los intereses biotecnológicos. Ante el avance del poder biotecnológico, es necesario reforzar los bastiones jurídicos que defienden la dignidad de la persona humana desde el primer momento de su existencia en la fecundación».

@nlafferriere 

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