TEMA 24: EL MATRIMONIO Y EL ORDEN SACERDOTAL (1).

Continuación de La Penitencia y la Unción de los Enfermos (2).

Por Juan María Gallardo.

El Padre, en su designio de amor, nos ha elegido en Cristo antes de la creación del mundo para elevarnos a la dignidad de hijos de Dios (cf. Ef 1,4-5). Además, quiere contar con la cooperación de los hombres para llevar a cabo su designio de salvación. Precisamente, los sacramentos del matrimonio y del orden confieren al cristiano una vocación y misión específica en la Iglesia (cf. Catecismo, 1534).

Presentación de tema 24: El matrimonio y el Orden Sacerdotal (1)

El sacramento del Matrimonio

El matrimonio no es «efecto de la casualidad o producto de la evolución de fuerzas naturales inconscientes; es una sabia institución del Creador para realizar en la humanidad su designio de amor. Los esposos, mediante su recíproca donación personal, propia y exclusiva de ellos, tienden a la comunión de sus seres en orden a un mutuo perfeccionamiento personal, para colaborar con Dios en la generación y en la educación de nuevas vidas. En los bautizados el matrimonio reviste, además, la dignidad de signo sacramental de la gracia, en cuanto representa la unión de Cristo y de la Iglesia».

«En su realidad más profunda, el amor es esencialmente don y el amor conyugal, a la vez que conduce a los esposos al recíproco ‘conocimiento’ que les hace ‘una sola carne’ (cf. Gn 2,24), no se agota dentro de la pareja, ya que los hace capaces de la máxima donación posible, por la cual se convierten en cooperadores de Dios en el don de la vida a una nueva persona humana».

Este amor mutuo entre los esposos «se convierte en imagen del amor absoluto e indefectible con que Dios ama al hombre. Este amor es bueno, muy bueno, a los ojos del Creador (Gn 1,31). Y este amor es destinado a ser fecundo y a realizarse en la obra común del cuidado de la creación. Y los bendijo Dios y les dijo: Sed fecundos y multiplicaos, y llenad la tierra y sometedla (Gn 1,28)» (Catecismo, 1604).

El don propio que caracteriza el amor como conyugal son las personas en cuanto recíprocamente sexuadas en orden a la generación. Ninguna persona puede llegar a ser padre por sí solo o con otra persona del mismo sexo, porque la paternidad y maternidad constituyen un único principio de generación. Por ello en el amor conyugal la aceptación del don posee un dinamismo del todo propio y peculiar respecto a otros lenguajes del amor: solamente en el amor conyugal se da identidad entre el ofrecimiento del don y la aceptación del don. En efecto, la aceptación del don de la paternidad tiene lugar mediante la entrega del don de la maternidad y viceversa. No cabe por tanto una comunión de amor más íntima entre dos personas que, con palabras de la Sagrada Escritura, son una sola carne (Gn 2,24).

La dinámica de la donación conyugal descrita evidencia que el amor conyugal no nace de modo espontáneo sino de una entrega libre de cada persona y, por ser la entrega mutua, sea un amor debido. Así lo enseña san Pablo al escribir que la mujer no es dueña de su propio cuerpo, sino el marido; del mismo modo que el marido no es dueño de su propio cuerpo, sino la mujer (1 Cor 7,4), o cuando recuerda a los esposos que deben amar a sus mujeres, como a su propio cuerpo (Ef 5,28). El matrimonio, en cuanto institución natural, se corresponde con la dimensión de justicia inherente al amor conyugal: «la institución matrimonial no es una injerencia indebida de la sociedad o de la autoridad ni la imposición extrínseca de una forma, sino exigencia interior del pacto de amor conyugal que se confirma públicamente como único y exclusivo, para que sea vivida así la plena fidelidad al designio de Dios Creador».

Por ser la comunidad matrimonial el fundamento natural de la familia, célula de la sociedad, no pertenece exclusivamente a la esfera privada, sino que es un bien de interés público. La sociedad protege el matrimonio por medio de su institucionalización legal: el matrimonio civil en la sociedad civil y el matrimonio canónico en la Iglesia. Para que la legalización del matrimonio sea efectiva y realmente útil para el bien común, debe ajustarse a su esencia, es decir, al matrimonio como institución natural, y en el caso del matrimonio canónico también como sacramento.

En muchos países es frecuente que las personas cohabiten more uxorio sin ningún vínculo institucional. Las razones son varias: «la influencia de las ideologías que desvalorizan el matrimonio y la familia, la experiencia del fracaso de otras parejas a la cual ellos no quieren exponerse, el miedo hacia algo que consideran demasiado grande y sagrado, las oportunidades sociales y las ventajas económicas derivadas de la convivencia, una concepción puramente emocional y romántica del amor, el miedo de perder su libertad e independencia, el rechazo de todo lo que es concebido como institucional y burocrático». Si la relación está establecida por una sincera voluntad conyugal, habrá que mostrarles la necesidad de legalizar su situación. Si no existe tal voluntad, habrá que ayudarles a descubrir la mentira de tal relación, porque el amor conyugal «exige un don total y definitivo de las personas entre sí (Catecismo 2391); y que tal mentira debilita la sinceridad y la fidelidad mutua: ¿qué se puede construir en una relación en la que las personas no se comprometen entre sí y testimonian con ello una falta de confianza en el otro, en sí mismo, o en el porvenir?» (Catecismo 2390).

Si miramos la creación desde Cristo, descubrimos que «es el fundamento de ‘todos los designios salvíficos de Dios’, ‘el comienzo de la historia de la salvación’, que culmina en Cristo» (Catecismo, 280). Y el matrimonio de los orígenes aparece revestido de una nueva dignidad: fue instituido por Dios como tipo de la unión entre Cristo y la Iglesia (cf. Ef 5,31-32), en virtud del cual el amor conyugal no sólo participa del amor creador de Dios sino también de su amor salvador, transmitiendo junto con la vida humana la vida de la gracia en Cristo.

El pecado original introdujo la ruptura del hombre con Dios y simultáneamente la ruptura de la comunión original entre el hombre y la mujer. La institución del matrimonio a su vez se debilita con la aparición de la poligamia y del repudio, y la paternidad carnal transmite el pecado original en vez de la vida de los hijos de Dios.

La Ley antigua, conforme a la pedagogía divina, no critica la poligamia de los patriarcas ni prohíbe el divorcio; pero «contemplando la Alianza de Dios con Israel bajo la imagen de un amor conyugal exclusivo y fiel (cf. Os 1-3; Is 54.62, Jr 2-3.31; Ez 16, 62; 23), los profetas fueron preparando la conciencia del Pueblo elegido para una comprensión más profunda de la unidad y de la indisolubilidad del matrimonio (cf. Mal 2, 13-17)» (Catecismo, 1611). Además, la renovación de la bendición originaria divina con Abraham, junto con la promesa de una descendencia innumerable a la que entregará la tierra de Canaán (cf. Gn 12,2.7; 13,16; 22,17), otorga al matrimonio un papel fundamental en la realización del designio salvífico: sin el matrimonio no se cumpliría la alianza hecha por Dios con Abraham y su descendencia, que a la luz del Nuevo Testamento son Cristo y la Iglesia (cf. Gal 3,26-29).

«Jesús, que reconcilió cada cosa en sí misma, volvió a llevar el matrimonio y la familia a su forma original (cf. Mc 10,1-12). La familia y el matrimonio fueron redimidos por Cristo (cf. Ef 5,21-32), restaurados a imagen de la Santísima Trinidad, misterio del que brota todo amor verdadero. La alianza esponsal, inaugurada en la creación y revelada en la historia de la salvación, recibe la plena revelación de su significado en Cristo y en su Iglesia. De Cristo, mediante la Iglesia, el matrimonio y la familia reciben la gracia necesaria para testimoniar el amor de Dios y vivir la vida de comunión. El Evangelio de la familia atraviesa la historia del mundo, desde la creación del hombre a imagen y semejanza de Dios (cf. Gn 1,26-27) hasta el cumplimiento del misterio de la Alianza en Cristo al final de los siglos con las bodas del Cordero (cf. Ap 19,9)».

La celebración del matrimonio

El matrimonio nace del consentimiento personal e irrevocable de los esposos (cf. Catecismo, 1626). «El consentimiento matrimonial es el acto de la voluntad, por el cual el varón y la mujer se entregan y aceptan mutuamente en alianza irrevocable para constituir el matrimonio» (CIC, 1057 §2).

«La Iglesia exige ordinariamente para sus fieles la forma eclesiástica de la celebración del matrimonio» (Catecismo, 1631). Por eso, «solamente son válidos aquellos matrimonios que se contraen ante el Ordinario del lugar o el párroco, o un sacerdote o diácono delegado por uno de ellos para que asistan, y ante dos testigos, de acuerdo con las reglas establecidas» por el Código de Derecho Canónico (CIC, 1108 §1).

Varias razones concurren para explicar esta determinación: el matrimonio sacramental crea derechos y deberes en la comunidad de la Iglesia entre los esposos y para con los hijos. Por ser el matrimonio un estado de vida en la Iglesia, es preciso que exista certeza sobre él (de ahí la obligación de tener testigos); y el carácter público del consentimiento protege el «Sí» una vez dado y ayuda a permanecer fiel a él (cf. Catecismo, 1631).

«Las propiedades esenciales del matrimonio son la unidad y la indisolubilidad, que en el matrimonio cristiano alcanzan una particular firmeza por razón del sacramento» (CIC, 1056). El marido y la mujer «por el pacto conyugal ya no son dos, sino una sola carne (Mt 19,6). Esta íntima unión, como mutua entrega de dos personas, lo mismo que el bien de los hijos, exigen plena fidelidad conyugal y urgen su indisoluble unidad».

«La unidad del matrimonio aparece ampliamente confirmada por la igual dignidad personal que hay que reconocer a la mujer y el varón en el mutuo y pleno amor. La poligamia es contraria a esta igual dignidad de uno y otro y al amor conyugal que es único y exclusivo» (Catecismo, 1645).

«En su predicación, Jesús enseñó sin ambigüedad el sentido original de la unión del hombre y la mujer, tal como el Creador la quiso al comienzo: la autorización, dada por Moisés, de repudiar a su mujer era una concesión a la dureza del corazón (cf. Mt 19, 8); la unión matrimonial del hombre y la mujer es indisoluble: Dios mismo la estableció: Lo que Dios unió, que no lo separe el hombre (Mt 19, 6)» (Catecismo, 1614). En virtud del sacramento, por el que los esposos cristianos manifiestan y participan del misterio de la unidad y del fecundo amor entre Cristo y la Iglesia (Ef 5, 32), la indisolubilidad adquiere un sentido nuevo y más profundo acrecentando la solidez original del vínculo conyugal, de modo que «el matrimonio rato [esto es, celebrado entre bautizados] y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano, ni por ninguna causa fuera de la muerte» (CIC, 1141).

«El divorcio es una ofensa grave a la ley natural. Pretende romper el contrato, aceptado libremente por los esposos, de vivir juntos hasta la muerte. El divorcio atenta contra la Alianza de salvación de la cual el matrimonio sacramental es un signo» (Catecismo, 2384). «Puede ocurrir que uno de los cónyuges sea la víctima inocente del divorcio dictado en conformidad con la ley civil; entonces no contradice el precepto moral. Existe una diferencia considerable entre el cónyuge que se ha esforzado con sinceridad por ser fiel al sacramento del Matrimonio y se ve injustamente abandonado y el que, por una falta grave de su parte, destruye un matrimonio canónicamente válido» (Catecismo, 2386).

«Existen, sin embargo, situaciones en que la convivencia matrimonial se hace prácticamente imposible por razones muy diversas. En tales casos, la Iglesia admite la separación física de los esposos y el fin de la cohabitación. Los esposos no cesan de ser marido y mujer delante de Dios; ni son libres para contraer una nueva unión. En esta situación difícil, la mejor solución sería, si es posible, la reconciliación».

Fragmento del texto original de Tema 24: El matrimonio y el Orden Sacerdotal (1).

  • (1) Libro electrónico «Síntesis de la fe católica», que aborda algunas de las principales verdades de la fe. Son textos preparados por teólogos y canonistas con un enfoque primordialmente catequético, que remiten a la Sagrada Escritura, el Catecismo de la Iglesia Católica, las enseñanzas de los Padres y el Magisterio.

Foto principal: Cathopic.

TEMA 24: EL MATRIMONIO Y EL ORDEN SACERDOTAL (1).

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