Francisco modifica el canon 695 §1 del Código de Derecho Canónico sobre las penas a religiosos, tras firmar el martes 26 de abril la Carta Apostólica en forma de Motu Proprio con el título Recognitum librum VI, cuyo texto original en latín y traducido en lengua italiana, fue publicado por la Oficina de Prensa de la Santa Sede. El Papa cambia algunos aspectos de las penas canónicas en un nuevo Motu proprio.
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«El 1 de junio de 2021, con la Constitución Apostólica Pascite gregem Dei hemos promulgado el nuevo Libro VI del Código de Derecho Canónico, De sanctionibus poenalibus in Ecclesia», indicó el texto, que sostuvo que en él se tipificaron «de forma diferente algunos delitos», mientras «otros nuevos se introdujeron» y, además, «cambiaron también la sucesión de los cánones». Explicó el escrito, que tras consultar al Consejo Pontificio para los Textos Legislativos y a la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, el Pontífice establece que «el texto del canon 695 § 1 sea modificado».
Aseguró, que de este modo, «un religioso debe ser destituido de un instituto por los delitos mencionados en los cánones 1395, 1397 y 1398, a menos que, en el caso de los delitos mencionados en los cánones 1395 §§2-3 y 1398 §1, el superior mayor considere que la dimisión no sea totalmente necesaria y que se pueda proveer de otro modo tanto a la corrección del religioso como a la reintegración de la justicia, o a la reparación del escándalo». El Papa Francisco ordena que lo deliberado con esta Carta Apostólica en forma de Motu Proprio, en la que modifica Código de Derecho Canónico sobre la destitución de los religiosos, sea firme y estable en su vigencia.
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