Habilitan celebraciones religiosas en lugares cerrados con aforo del 30%

La medida se tomó tras una solicitud de los diferentes credos en la Secretaría de Culto, a cargo de Guillermo Oliveri. La norma, publicada en el Boletín Oficial del miércoles 16 de junio, precisó que se exceptúa la suspensión de realizar «eventos religiosos en lugares cerrados donde deberá observarse, como máximo, un 30% de aforo».

Habilitan celebraciones religiosas en lugares
Foto: Archivo. Canal 9 Televida.

Las autoridades nacionales habilitan las celebraciones religiosas en templos o lugares cerrados con un aforo del 30%, decisión que se encuentra publicada en el Boletín Oficial del miércoles 16 de junio, con las firmas del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti. La medida se tomó tras un pedido de los diferentes credos en la Secretaría de Culto, a cargo de Guillermo Oliveri, quien tramitó la solicitud.

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La Decisión Administrativa 593/2021 precisó que se exceptúa de «la suspensión dispuesta en el inciso e) del artículo 16 del Decreto N° 287/21, prorrogado por sus similares N° 334 y N° 381/21, en los lugares considerados como de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, a la realización de eventos religiosos en lugares cerrados donde deberá observarse, como máximo, un 30% de aforo». La norma, en la que habilitan celebraciones religiosas en lugares cerrados, indicó que las personas que asistan deben cumplir con las «Reglas de Conducta Generales y Obligatorias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19 y de los protocolos vigentes en cada jurisdicción».

Los fieles que asistan deben ir con tapabocas, mantener el distanciamiento social, cuidar el lavado de manos, mantener la ‘sanitización’ del lugar y tener disponible alcohol en gel, es decir, que las personas que vayan al culto deben continuar con el protocolo sanitario que ya se cumplía en los templos y edificios religiosos antes de las nuevas restricciones del gobierno argentino por la pandemia. Tras la decisión de las autoridades, el gobierno de la provincia de Buenos Aires publicó la habilitación que ya se encuentra en su Boletín Oficial. La semana pasada, el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires anunció que las celebraciones religiosas en templos porteños iban a poder realizarse, desde el viernes 18 de junio, con un aforo del 30%.

Decisión Administrativa 593/2021 publicada en el Boletín Oficial en PDF.

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