‘INFORME DE LIBERTAD RELIGIOSA EN EL MUNDO 2021’: BELICE.

Por Jennifer Almendras.

Marco legal sobre libertad religiosa y su aplicación efectiva

El ‘Informe de Libertad Religiosa en el Mundo 2021’ (ILR) indicó que la Constitución de Belice, en su preámbulo, reconoce la «supremacía de Dios» y asegura «su fe en los derechos humanos y las libertades fundamentales, la dignidad de la persona y la igualdad de derechos, que son inalienables, otorgados por Dios a cada persona».

«La Carta Magna, en el artículo 11 (1), protege la libertad de conciencia, en la que se incluyen la libertad de pensamiento y religión, así como la libertad de cambiar de religión o creencia, y la libertad de manifestar y difundir la propia religión o creencia mediante el culto, la enseñanza, la práctica y la observancia, ya sea individual o colectivamente, en público o en privado. En el artículo 8 (3, c) se reconoce el derecho a la objeción de conciencia al servicio militar. El artículo 11 (3) reconoce que todas las comunidades religiosas reconocidas por el Estado tienen derecho a fundar y mantener, a expensas propias, instituciones educativas. No se les impedirá impartir educación y formación religiosa a sus miembros, independientemente de si esas comunidades reciben financiación pública o no», enfatizó el informe.

Explicó que como «cualquier actividad ordinaria, los grupos religiosos se deben inscribir en el Registro de Empresas». «El registro les permite operar de forma legal en el país y ser reconocidos por el Estado. El Gobierno puede clausurar las instalaciones de los grupos no registrados. Las iglesias y otros lugares de culto están exentos de pagar el impuesto sobre la propiedad. Las organizaciones religiosas pueden gestionar o dirigir colegios, hospitales y otras organizaciones benéficas en colaboración con el Estado, recibiendo ayuda económica del Gobierno. Los trabajadores que pertenecen a instituciones religiosas deben tener un visado específico para entrar en el país… El Ejército del país, las Fuerzas de Defensa de Belice, proporciona locales concretos para el culto de todas las confesiones», sostuvo, al afirmar que «en prisión, los miembros del clero pueden solicitar el uso de cualquier capilla existente para atender a los reclusos».

Incidentes y acontecimientos

«En marzo de 2020, las actividades religiosas se suspendieron como consecuencia de la adopción de medidas preventivas por parte del Gobierno a raíz del inicio de la pandemia de la COVID-19. Las iglesias se adaptaron a la situación para seguir proporcionando sus servicios. En abril de 2020, miembros del clero de varias iglesias pidieron al Gobierno ser considerados ‘trabajadores esenciales’ para poder satisfacer las necesidades espirituales de sus fieles. El Procurador General señaló que era necesario actuar con buen juicio y ‘encontrar formas creativas de hacer las cosas’», indicó.

Futuro de la libertad religiosa

Explicó que a diferencia del período anterior, entre 2018 y 2020 no se produjeron desacuerdos, ni se denunciaron acciones de intolerancia en las que estuvieran implicadas las iglesias o a las autoridades. «Nada indica que se haya restringido la libertad religiosa en el país. Por consiguiente, las perspectivas de futuro de la libertad religiosa son positivas», consideró el ILR.

ILR completo sobre Belice en PDF.

‘INFORME DE LIBERTAD RELIGIOSA EN EL MUNDO 2021’: BELICE.

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